Mar del Plata, 14 de marzo de 2011
Señor Presidente del
Honorable Concejo Deliberante
Arq. Marcelo Artime
S / D
Visto el proyecto de ordenanza presentado por el Ejecutivo, con el Nº de Exp. 2662-4-2011 por el cual se propone “resolver urbanísticamente la proliferación de ejemplos edilicios que producen efectos morfológicos no deseados, cuyo impacto genera el consiguiente reclamo vecinal en ciertos sectores residenciales de la ciudad”, y el cual fue anunciado con la intención de “proteger la identidad de los barrios”, la Asociación Civil Marplatense Defensores del Patrimonio Arquitectónico y Urbano desea manifestar:
Que si bien el proyecto plantea adecuaciones necesarias en los indicadores urbanísticos, creemos que estas resultan insuficientes, por cuanto es necesario también alentar la preservación de aquellos bienes o construcciones que le dan carácter a los barrios. Y en este sentido es conocido el aporte a la identidad de estos y de la ciudad toda del chalet, y en particular del chalet estilo “mar del plata”, por lo cual sería deseable que se avance en el tratamiento del Proyecto de Ordenanza que plantea su promoción Exp. Nº 1067/2009).
Que además el proyecto sólo plantea la regulación en los Distritos R4, con lo cual no se tiene en cuenta el daño que causa a los tejidos urbanos la aplicación de regímenes promocionales en los demás Distritos, y sobre todo los de menor densidad. Recordamos que también se produce pérdida de identidad barrial al cambiarse o desvirtuarse las tipologías edilicias que los constituyen, como consecuencia de acciones de reconstrucción o ampliaciones que mayores potenciales edificables a los preestablecidos proporciona.
Que preocupa que uno de los sectores R4, sino el principal donde se ha producido el efecto mencionado ut-supra (el comprendido por las calles Olavarría, Avellaneda, Tucumán y Rawson) ha quedado excluido del proyecto de Ordenanza, a pesar de ser también uno de los sectores en el que los vecinos han hecho un reclamo formal al municipio, avalado por cientos de firmas. Este sector, junto al de la franja C3 que acompaña la calle Güemes, contiene bienes patrimoniales singulares como: Villa Paula, Villalobos, Almacén Condal, Villa Valentina, Viviendas del Conjunto “cuatro manzanas”, chalet de Richard Hall, Residencia Lino Palacios, y un sinnúmero de residencias que bien podrían ser consideradas de Interés Patrimonial, para los cuales el incremento de indicadores puede impactar muy negativamente.
Que no queda claro cómo, si el proyecto plantea modificaciones al COT y no a las Ordenanzas accesorias que plantean incentivos a distritos del mismo, se evitará la obtención del beneficio que estas últimas otorgan o podrían otorgar.
Que además, las indicaciones del nuevo Plano Límite para los distritos R4 plantea la posibilidad de que se ajuste “de acuerdo al perfil de la medianera existente”, y siendo – tal como reconoce los fundamentos del proyecto- que en estos sectores ya han surgido “ejemplos edilicios indeseados” por la significativa mayor altura de estos respecto a su entorno, esta aceptación permite continuar el daño por “efecto dominó”, con lo cual sería deseable que se exija la figura de “ajuste en el tercio medio” entre el nuevo Plano Límite del distrito y la obra preexistente que lo sobrepase.
Que, por otra parte, se entiende que la Ordenanza proyectada es en cierta forma “preparatoria” o “anticipatoria” de una renovación de la Ordenanza de incentivos del 30%, por cuanto sin estos incentivos no existe FOT remanente que haga necesario el uso de los beneficios de la Ord. 19.281 de superación del Plano Limite, que es en esencia la que mayor distorsión ha generado en los tejidos urbanos y en el contexto de los bienes patrimoniales.
Que, teniendo en cuenta esto último y como bien se menciona en los fundamentos del Proyecto de Ordenanza “el escenario social y económico que derivó en la promoción del régimen de marras (régimen promocional del 30%) ha variado”, creemos que se hace necesario y oportuno cesar en la promoción “de emergencia” y comenzar a estudiar los indicadores de los distritos urbanos, a fin de otorgar protección a los bienes patrimoniales y calidad ambiental a los barrios, y no variarlos de acuerdo a cuestiones económicas.
Por último, queremos manifestar que no estamos en contra del otorgamiento de incentivos, o mejor dicho de incrementos de indicadores, pero estos debieran ser efectuados en sectores surgidos de un análisis minucioso, y sólo a fin de consolidar ciertos tejidos-morfologías y proteger los bienes patrimoniales en ellos insertos, y previo acuerdo social –incluido los vecinos involucrados, y no solamente de intereses sectoriales-.
Sin otro particular y esperando sepa interpretar las manifestaciones arriba expuestas, saludamos a Usted muy atentamente,