sábado, 29 de octubre de 2011

Bienes patrimoniales con pedido de desafectación

Listado de inmuebles cuyos propietarios han pedido la desafectación del listado de bienes de Interés Patrimonial (Ord. 10.075 y modificatoria).

11 de Septiembre esquina San Luis.
Este inmueble integra el conjunto "11 de Septiembre", una de los pocas cuadras homogéneas que nos permiten rememorar la imagen del borde costero de la ciudad a principios de s. XX. Forma parte además de la Loma Santa Cecilia, sector con valores histórico-simbólicos que requiere tratamiento integral como Área Patrimonial.

Alberti 1311 - "Villa Valentina"
Vivienda con reminiscencias andaluzas, de escala modesta, que ha quedado confinada en sector de creciente actividad comercial. Fue originalmente declarado a pedido de sus propietarios y ahora ellos mismos piden su desafectación o sustitución. Desde que fue presentado el pedido la vivienda ha ido sufriendo un deterioro significativo.


 Av. Independencia 1267
Chalet estilo normando (tejas planas, faldones quebrados, falso entramado de madera) que si bien no posee detalles de relevancia como podría observarse en otros bienes de similar estilo, es representativo del pintoresquismo del primer cuarto del s. XX. Se halla dentro de un distrito urbanístico de alta densidad poblacional (creciente consolidación en altura) y posee construcciones lideras que han desvirtuado en parte su imagen.



 Brown esquina Alvear
Chalet de singular diseño y detalles de interés (como sus columnas "toscanas" de madera) que se haya en una zona de la ciudad sumamente homogénea. En algún momento (que por ahora desconocemos) la manzana en la que se encuentra pasó de un distrito R7 de baja densidad a uno R3 de media densidad (es decir mayor potencial de edificación) siendo esta una de las causales del pedido de desafectación y del riesgo de ruptura de la homogeneidad del sector.


Brown esquina Olavarría
Vivienda de estilo neocolonial de sesgo andaluz, construida en 1928 y que fuera distinguida en ese entonces con el 3º premio como mejor edificio por la Comisión Pro Mar del Plata. Hoy se encuentra en una manzana que se ha consolidado con edificación en altura.


Mendoza y Bvard. Marítimo
Chalet de imponente implantación, al modo de las antiguas grandes residencias del borde costero, de las cuales han quedado muy pocas y en contextos degradados. Además de este valor testimonial, el chalet con su retiro, jardín, cerco de piedra y vereda encespada, sirven de marco al imponente Residencial Saint Michel, constituyendo un conjunto armónico.


Av. Colón 2731/37 - Chalet "Crelia"
Típico chalet marplatense que junto a otros dos chalets contiguos (hacia la esquina con calle San Luís) conforma una conjunto destacado, que ha logrado permanecer como testimonio del paisaje urbano de ese sector de la ciudad en la primera mitad del s. XX.



La Rioja esquina 3 de Febrero - "Las Brisas"
Singular vivienda con sesgos españolizantes, construida en 1926 por el Ing. Félix Rabino. No tiene construcciones linderas de grandes alturas, y su implantación de perímetro libre genera un "abra" que aporta calidad urbana a un sector que cada día se ve más densificado.



Falucho esquina Entre Ríos - "Villa Carmen" o "Ex Hotel Lafayette"
Villa de estilo pintoresquista inglés construida en 1893. "Es uno de los últimos exponentes histórico-arquitectónicos que quedan del siglo XIX". Además posee una rica vegetación tanto en veredas como en el interior del predio, que le aporta un valor ambiental significativo para un sector de la ciudad cada vez más "ahogado" con edificaciones en altura.

Falucho 2407 esquina Santa Fe.

Se trata del chalet “María V. de Segura”, magnifico chalet estilo “mar del plata” construido en 1936. Fue adquirido por el Sindicato de Choferes de Camiones, quienes desde 2008 gestionan su desafectación.

------- PS -------

El 6 de enero de 2012, otro bien se sumó a la lista:

La Rioja esquina Balcarce - "Casa Osinalde" o "Casa del Obispo"
Casa compacta, de rasgos italianizantes, construida aprox. en 1912. Sus rasgos principales actuales fueron incorporados en la ampliación realizada por el constructor José Arona en 1918. A fines de la década del '70 comenzó a ser residencia del Obispo y por tal motivo incorporada en 1994 en la ordenanza que crea el primer listado de bienes de interés patrimonial.

Todos los bienes patrimoniales de dominio privado están destinados a correr la misma suerte, en tanto el municipio siga negándose a crear Áreas Patrimoniales y a establecer las articulaciones necesarias entre el Código de Ordenamiento Territorial y el Código de Preservación Patrimonial, de forma tal que se desaliente la especulación inmobiliaria en y en torno a los bienes, y establezca un marco normativo que aliente la preservación.

miércoles, 5 de octubre de 2011

La Casa del Puente fue incluida en la Lista del World Monuments Watch 2012

Una importante demostración de la importancia del Sitio (la casa, con todo su parque e instalaciones complementarias) y de la situación de riesgo en que se encuentra.


El programa World Monuments Watch, que organiza el World Monuments Fund ,"tiene como objetivo llamar la atención internacional sobre los retos y peligros que enfrentan los sitios culturales alrededor del mundo. La Lista Watch brinda a los nominadores y propietarios de los sitios incluidos, la oportunidad de crear conciencia en la opinión pública, incentivar su gestión responsable, salvaguardarlos, así como promover la participación y colaboración local." 

La nominación fue realizada simultáneamente por MDP a+u y el INTEMA-CONICET Mar del Plata.



Para ampliar información seguir los siguientes enlaces:

lunes, 3 de octubre de 2011

Sobre inicios de trámites y derechos adquiridos

"Los pedidos iniciados bajo el amparo de determinadas reglas jurídicas que no hubieran merecido respuesta final de la Administración no generan derechos a su aprobación conforme un ordenamiento legal que ha dejado de existir”

UN TRIUNFO LEGAL
Por Sergio Kiernan

Los vecinos de SOS Caballito festejaron una notable victoria en la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario, donde fue a parar la causa contra las torres en la calle Salvador María del Carril. El festejo es doble, no sólo porque la Cámara descartó que se puedan hacer nada menos que trece torres en esa avenida de Villa Pueyrredón, sino porque consideró inexistentes los “derechos adquiridos” de quienes habían sacado número por ventanilla antes del cambio de zonificación. Lo que los jueces decidieron por unanimidad fue terminar con un truco burocrático tremendamente lucrativo, el de comprar, demoler, entrar los papeles –cualquier papel, total después se ve– y así tener derecho a hacer torres donde se prohíban.

Las constructoras y la misma Ciudad habían apelado una prohibición de primera instancia meneando un principio absoluto, que aquel que iniciaba un trámite no podía ver las reglas cambiadas a mitad de camino. El solo hecho de pasar por ventanilla congelaba la situación y daba derecho a hacer todo, pero todo, bajo el régimen vigente a la fecha del sellito.

Los jueces ni siquiera entraron en el tema, de por sí muy cuestionable. Por ejemplo, desde el punto de vista de que el cambio de régimen, al bajar las alturas permitidas, beneficia a los vecinos y por tanto debe aplicarse. Con este mismo criterio, un preso por veinte años puede pedir una rebaja de su pena si se cambia la ley relevante y el máximo baja a diez años. Pero el preso no puede comerse treinta años si el cambio de ley sube el máximo posible. Si estas mismas constructoras tuvieran trámites hechos en una zona donde se permiten edificios bajos y se cambia la zonificación para permitir torres, seguro que correrían a pedir cambios que los beneficien...

La Cámara, sin embargo, fue el centro del truquito, que consiste en arrancar con papeles a medio aprobar o iniciar el trámite y esperar sentados. “La sanción de la Ley 3447 importa que los permisos en trámite deban ajustarse a los parámetros de la nueva ley, pues los pedidos iniciados bajo el amparo de determinadas reglas jurídicas que no hubieran merecido respuesta final de la Administración no generan derechos a su aprobación conforme un ordenamiento legal que ha dejado de existir”. Esto es, quien tenga sus permisos completos y esté avanzado en su construcción no tiene nada de qué preocuparse, pero el que empezó el papeleo “por las dudas” y no hizo nada pierde.

Tan claro es el fallo, que hasta detalla que “el certificado de uso conforme no modifica lo señalado, pues dicho certificado constituye sólo una etapa del procedimiento para la obtención del permiso, pero no su concesión”. Los vecinos, que la pelearon y mucho para lograr que en julio de 2010 se pasara la ley que baja las alturas máximas a doce metros en una amplia zona de la ciudad, saludaron el “fallo histórico”. La diputada porteña Rocío Sánchez Andía, que preside la Comisión de Vivienda de la Legislatura y fue una de las demandantes contra el Ejecutivo, señaló que el fallo “es un antecedente importantísimo contra la especulación inmobiliaria”.

sábado, 1 de octubre de 2011

Villa Devoto

CONOCIENDO AL DETALLE NUESTROS BIENES PATRIMONIALES
Ficha 13ª Edición - Septiembre de 2011
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Etiquetas adicionales: Alejandro Bustillo, Luis Dates, Juana González de Devoto, Casa Bary.