Nota 280-A-2013
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Mar del Plata, 16 de diciembre de 2013
Sra.
Presidente del H.C.D.
del
Partido de Gral. Pueyrredon
VILMA BARAGIOLA
S /
D
Ref.: Proyecto de Modificación
del COT
Expediente HCD Nº1998-D-2013
Sanción Nº O-15915
De nuestra mayor consideración:
Por medio de
la presente venimos a manifestar nuestra preocupación tanto por los efectos del
Proyecto de Referencia como por los pasos seguidos para la aprobación de la
Ordenanza respectiva, y en virtud de las razones que a continuación se exponen,
solicitar al Honorable Cuerpo que
preside deje sin efecto la referida Ordenanza.
* El 23 de octubre de 2010, el entonces Presidente del HCD Marcelo Artime
presenta un Proyecto de Ordenanza “Estableciendo que los espacios destinados a
"Amenities" (quincho, sauna, gimnasio, salón de usos múltiples,
piscina y actividades culturales y recreativas), no serán tenidos en cuenta
para el cálculo del F.O.T. y del Plano Límite” (Exp. 2326-E-2010).
Dicho Proyecto fue girado a las siguiente Comisiones
Internas del HCD:
OBRAS, SEGURIDAD Y
PLANEAMIENTO
LEGISLACIÓN,
INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO y PROTECCIÓN CIUDADANA
El Expediente registra como Fecha de Entrada a la primera
de las Comisiones el 19/10/10, y es puesto en el Orden del Día de la sesión del
22/02/11. En dicha sesión el Expediente queda en Comisión y no es vuelto a
tratar, quedando afectado a partir del 30/03/12 por el Art. 31 del Reglamento
Interno del HCD que dispone su caducidad y archivo.
* El día anterior a la referida sesión de la Comisión de Obras, el 21/02/2011,
la Asociación Civil Marplatenses Defensores del Patrimonio Arquitectónico y
Urbano presenta la Nota 70-NP-2013 -cuya
copia se adjunta- en la cual manifiesta preocupación por el impacto que el incremento
de indicadores urbanísticos en forma generalizada, sin planificación, provoca
sobre la morfología urbana en general y sobre los bienes
arquitectónico-patrimoniales en particular.
En la misma se advierte que el Proyecto de “Amenities”
significa un agravamiento de la situación generada por la Ord. 19605, Régimen
de Incentivos a la Construcción, que ya incrementaba en un 30% el Factor de
Ocupación Total, y la Ord. 19281 y modificatoria que permitía superar el Plano
Límite.
Los efectos que se señalan pueden sintetizarse en:
- Alteración de perfiles
homogéneos consolidados o en vía de consolidación por la posibilidad de
incorporar edificaciones con mayor altura.
- Agravamiento de las
condiciones ambientales (desmejoramiento paisajístico, disminución de
soleamiento, impactos de viento, servidumbres visuales) de los bienes
patrimoniales arquitectónicos y urbanos ubicados en Distritos Urbanísticos de
Media y Alta Densidad Poblacional.
- Aumento de “presión
inmobiliaria” sobre los bienes arquitectónico-patrimoniales, tanto para los
reconocidos oficialmente en la Ord. 10075 y modif. como para aquellos que aún
no lo están, y que se traduce en pedidos de desafectación, abandono del
mantenimiento edilicio, solicitudes de excepciones a las normas de tejido
urbano, y demoliciones totales o parciales.
* En virtud de aquella y otras peticiones, y de una creciente preocupación de
la comunidad por el impacto señalado -De lo cual fue muestra la marcha por el
Patrimonio de la Ciudad realizada el 05/06/11 entre el chalet en demolición en
la calle Sarmiento y Rodríguez Peña y el Ex Chateau Frontenac- el Departamento Ejecutivo
presenta algunas medidas que, si bien no solucionarían el problema en cuestión,
tendían a no agravarlo, y que derivaron en las siguientes Ordenanzas:
- Ord. 20304, promulgada el 02/05/11, por la cual se
reducen los indicadores del Distrito Urbano Residencial 4 (R4), y se abrogan
las Ordenanzas 19281 y 19318.
- Ord. 20437, promulgada el 19/07/11, por la cual se establece
un nuevo Régimen de Incentivos a la Construcción, que combina incrementos del
FOT y del Plano Límite, en forma selectiva de acuerdo al Distrito Urbanístico,
e incorpora un artículo por el cual quedaba exceptuada del beneficio la cuadra
que contenga un bien declarado de Interés Patrimonial por la Ord. 10075 y
modif. y los Distritos Urbanos Residenciales 3 y 7 (R3 y R7)localizados en la
Loma Santa Cecilia.
* En la prórroga de un año en la vigencia del Régimen promocional recién
señalado, efectuada por Ord. 20951 promulgada el 23/08/12, se introduce una
modificación al Árt. 8º de la Ord. 20437 -que pretendía poner a resguardo la
cuadra que contuviera un bien patrimonial- y que significa un factor de
vulnerabilidad para su aplicación. Esta modificación establece:
“Facúltase a la Secretaría de Planeamiento
Urbano para eximir de la restricción impuesta por el presente artículo…”
De esta forma el Régimen de Incentivos a la Construcción
fue nuevamente prorrogado por un año, hasta septiembre de 2014, mediante la
Ordenanza 21414 promulgada el 11/09/13.
* Ahora, en el Proyecto de Referencia, se plantea la modificación del Código
de Ordenamiento Territorial (COT), con
el exclusivo objeto de "Incentivar y Mejorar la competitividad del sector
de la Construcción en Mar del Plata", olvidando los propósitos de las
modificaciones antes señaladas, volviendo nuevamente al incremento de
indicadores (aumento de FOT y alturas) en
forma generalizada, y sin medir el impacto sobre la morfología urbana y los
bienes patrimoniales arquitectónicos y urbanos.
Cabe mencionar que estas modificaciones son a exclusivo
pedido de un sector de la sociedad (Centro de Constructores y Anexos), mientras
que el Colegio de Arquitectos Distrito IX solicitó por Nota 255-NP-2013, del 11
de noviembre próximo pasado “la creación de un espacio interinstitucional para
la reformulación del COT y revisión del Reglamento General de Construcciones”,
y que no tuvo respuesta.
También cabe mencionar que se encuentra en marcha un Plan
Estratégico Municipal que busca en una de sus líneas de trabajo el “EQUILIBRIO
URBANO - AMBIENTAL”, y que a través de la Estrategia denominada “MODELO DE
CIUDAD MULTICÉNTRICA, DE VALORES PAISAJÍSTICOS Y PATRIMONIALES” plantea el
Programa “CONSERVACIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL Y CONSTRUIDO” (Para el cual
nuestra Asociación ha contribuido con siete propuestas).
Es evidente que el Proyecto de Referencia colisiona con estos
aspectos del PEM, y tampoco compatibiliza con la forma de generar estas modificaciones,
que es a través de la “concertación entre instituciones de gobierno, el sector
privado y la sociedad civil”.
Entendemos por ello sensato aguardar las recomendaciones
o proyectos que surjan de dicho Plan para modificar el COT, tomando al mismo
como verdadera herramienta del ORDENAMIENTO URBANO, en beneficio de toda la
comunidad y no de un sector de la misma.
* Por otra parte, el Proyecto de Referencia, en su Art. 1º establece que
entre las superficies NO COMPUTABLES PARA LA APLICACIÓN DEL FOT se incluirán “aquellos
locales destinados a servicios complementarios (amenities)”, incrementando los
m2 construibles en un 20% y permitiendo un piso más de altura (3,20 m.); es
decir introduciendo en el COT el
proyecto de “Amenities” presentado en 2010, al que hicimos mención en
primer término (Exp. 2326-E-2010).
Aquí cabe observar:
- El Proyecto original
de “Amenities” (Exp. 2326-E-2010) fue girado a las COMISIONES DE OBRA Y DE
LEGISLACIÓN, como se indicó y tal como el HCD hace con todo proyecto
que aborda cuestiones urbanísticas.
Otros ejemplos de Expedientes que fueron girados a ambas
comisiones:
. Todos los proyectos del Régimen de Incentivo a la
Construcción señalados (Expedientes: 1668-D-2011; 1574-D-2012; 1725-D-13).
. El Proyecto de Modificación del Distrito R4 del COT, realizado
en 2011(Exp. 1253-D-11).
. Todas las peticiones vecinales tendientes al resguardo
de la fisonomía urbana y del patrimonio de la ciudad (29-NP-2011; 154-NP-2011;
30-NP-2012), dos de las cuales incluso fueron giradas a más comisiones.
- El Proyecto de
Modificación del COT (Exp. 1998-D-2013), ingresado el 29 de noviembre de 2013, fue girado solamente a la COMISIÓN DE OBRAS.
En esta comisión fue tratado sobre tablas en la sesión del 3 de diciembre y
aprobado, con la abstención de tres (3) concejales de la oposición. Luego de
esta aprobación fue incorporado en la 1ra. Sesión Ordinaria de Prórroga del HCD
del 6 de diciembre, y aprobado luego de que se reanudara la sesión tras un cuarto
intermedio.
Entendemos entonces este giro a una sola comisión y
tratamiento sobre tablas como un apresuramiento para dar aprobación antes del
recambio de Concejales a suceder el 10 de diciembre, y una violación a lo
dispuesto por el Reglamento Interno del HCD (Decreto 1629/12) en sus siguiente
Artículos:
CAPITULO V
DE LA PRESENTACIÓN Y REDACCIÓN DE LOS ASUNTOS
TITULO II: DE LA TRAMITACIÓN DE LOS ASUNTOS
Artículo 29º: Giros. Los asuntos que se
presenten en el Concejo de acuerdo con el Art. 22° serán girados por la
Presidencia –a través de la Secretaría- a estudio de las distintas Comisiones. Los expedientes deben ser girados a las
comisiones que correspondan según la competencia que resulte de su objeto.
CAPITULO VI
DE LAS COMISIONES
TITULO I: INTEGRACIÓN Y DENOMINACIÓN
Artículo 35º: LEGISLACIÓN,
INTERPRETACIÓN, REGLAMENTO Y PROTECCIÓN CIUDADANA. Le corresponde a esta Comisión dictaminar en todos los proyectos o
asuntos que traten modificaciones o interpretaciones del Reglamento Interno y
Ordenanzas, o relativos a disposiciones legales relacionadas con la
Municipalidad, que puedan afectar principios constitucionales, legales o
reglamentarios; sobre la interpretación de artículos de la Ley Orgánica de las
Municipalidades, ordenanzas, reglamentos y demás disposiciones en vigencia, y/o
sobre cuestiones que versen sobre puntos de derecho. En los contratos,
convenios y/o acogimientos que se sometan a estudio y que comprendan a personas
físicas o jurídicas del ámbito público o privado, análisis y seguimiento de
convenios celebrados con la Nación y la Provincia vinculados a temas de
seguridad, y disposiciones locales atinentes a políticas de seguridad.
Despachos producidos por Comisiones Especiales y sobre todos aquellos asuntos
de legislación cuyo estudio no esté confiado expresamente por este reglamento a
otra Comisión.
Por todo lo expuesto reiteramos nuestro
pedido de que se deje sin efecto la Sanción de la O-15915.
Sin otro particular saludamos a Usted muy
atentamente.-
------- PS -------
28-01-2014: La Nota fue tratada en la Comisión de Obras del HCD:
Dispusieron su archivo.
03-02-2014: La Nota fue tratada en la Comisión de Legislación del HCD:
Dispusieron su archivo.
25-02-2014: MDP a+u presentó Nota solicitando el desarchivo.
Texto de la Nota:
Mar del Plata, 25 de febrero de 2014
Sra.
Presidente del H.C.D.
del
Partido de Gral. Pueyrredon
VILMA BARAGIOLA
S /
D
Ref.: Nota 280-NP-2013.
Denuncia
de irregularidades en la
sanción
de la Ordenanza 21597.
Por
medio de la presente tenemos el agrado de dirigirnos a Usted a fin de solicitar
el desarchivo de la Nota de referencia.
En
virtud de la gravedad de las irregularidades allí denunciadas, del irremediable
impacto que su aplicación tiene sobre la morfología urbana y en consecuencias
sobre los bienes arquitectónico-patrimoniales de la ciudad, es que elevamos la
presente solicitud, a la vez que reiteramos el pedido allí contenido en cuanto
a que se tomen las medidas necesarias para que la ordenanza en cuestión quede
sin efecto.
Sin
otro particular saludamos a Usted muy atentamente.-