Ficha 49ª Edición - Septiembre de 2014
miércoles, 1 de octubre de 2014
Parroquia San Pablo
CONOCIENDO AL DETALLE NUESTROS BIENES PATRIMONIALES
Ficha 49ª Edición - Septiembre de 2014
Ficha 49ª Edición - Septiembre de 2014
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PARROQUIA SAN PABLO
lunes, 15 de septiembre de 2014
Chalet Plus Ultra - Nota al HCD
Nota 227-A-2014
Sra. Presidente del H.C.D.
del Partido de Gral. Pueyrredon
VILMA BARAGIOLA
S / D
Tenemos el agrado de dirigirnos a Usted y por su intermedio a todos los Señores Concejales, para presentar las siguientes observaciones en relación al Expediente de Referencia:
Mar del Plata, 15 de septiembre de 2014
del Partido de Gral. Pueyrredon
VILMA BARAGIOLA
S / D
Referencia: Expediente 1804-E-2014
Autorizando al Sindicato de Empleados de Comercio de La Plata, a adoptar indicadores urbanísticos especiales de ocupación y tejido, y a afectar con el uso "HOTEL (4 estrellas)", el Chalet declarado de Interés Patrimonial, denominado "PLUS ULTRA", ubicado en el predio sito en la calle
Santiago del Estero Nº 1228/40 de nuestra ciudad.
Tenemos el agrado de dirigirnos a Usted y por su intermedio a todos los Señores Concejales, para presentar las siguientes observaciones en relación al Expediente de Referencia:
Desde que se conformó nuestra Asociación, hemos reclamado insistentemente la búsqueda de una adecuada articulación entre Código de Preservación Patrimonial y el Código de Ordenamiento Territorial, por estar en la falta de esa articulación la raíz de los principales problemas que comprometen a los Bienes Patrimoniales de la Ciudad: Abandono/usurpación, falta de mantenimiento, pedido de desafectación y alteración de sus condiciones paisajísticas y ambientales.
Esa falta de articulación se hace más evidente y genera los mayores conflictos en los inmuebles patrimoniales que se hallan inmersos en Distritos Urbanísticos de Media y Alta Densidad. No es difícil comprender que ante un potencial edificable mayor, y a veces en mucho, a lo materializado por estos inmuebles, los propietarios no tengan voluntad de preservar, con todo lo que ello acarrea.
Si bien no se ha podido avanzar en esa articulación y sobre todo en su principal aspecto: La adecuación de los indicadores FOT Factor de Ocupación Total) y Plano Límite, a lo materializado por los bines patrimoniales, al menos se logró, en la renovación de la Ordenanza de Incentivos a la Construcción efectuada en 2011 (Ord. 20437/11) que el problema no siguiera agravándose.
Efectivamente, en ese momento y teniendo en cuenta las observaciones y sugerencias presentada por nuestra Asociación (Nota: 266-A-2011), se incorporó a la Ordenanza mencionada el siguiente artículo:
Artículo 8º.- No será de aplicación la presente a los inmuebles incluidos en el Anexo I de la Ordenanza nº 10.075 y sus modificatorias - Código de Preservación Patrimonial -, cuando fueran desafectados de la misma o demolidos.
Asimismo quedan excluidos de los beneficios del presente régimen:
- la cuadra que contenga un inmueble declarado de interés patrimonial por la ordenanza nº 10.075 y sus modificatorias.
- los Distritos Urbanos Residenciales 3 y 7 (R3 y R7) localizados en la Loma de Santa Cecilia.
En la renovación siguiente ese artículo fue modificado al agregársele una frase que deja a criterio de la Secretaria de Planeamiento Urbano su aplicación, no obstante subordinarlo a los casos que “presenten condiciones de autonomía por su ubicación relativa respecto al bien patrimonial en cuestión o inocuidad por la consolidación edilicia y morfológica de la cuadra y/o entorno”.
Hasta aquí tenemos tanto un reconocimiento de la incidencia negativa del incremento de indicadores urbanísticos para los inmuebles patrimoniales, como de la importancia que tiene la Loma Santa Cecilia, por ser el sector Fundacional, poseer el bien histórico simbólico más significativo, la Capilla Santa Cecilia (Monumento Histórico Nacional), y una gran cantidad de inmueble Declarados de Interés Patrimonial.
El reconocimiento de la importancia de este sector, como la necesidad de avanzar en su protección como ÁREA PATRIMONIAL, no es algo nuevo, sino, muy por el contrario, largamente reclamado desde la creación misma del Código de Preservación Patrimonial, en 1995. Respecto a esto podemos citar:
Exp. 1983-3-2002. - Proyecto Tratamiento de Áreas Urbanas de Valor Patrimonial, elaborado por profesionales del Municipio. Nunca llegó al HCD, encontrándose desde 2009 en Dirección de Obras Privadas.
Exp. 1361-E-2007. - Proy. de Comunicación sobre Áreas Patrimoniales. Aprobado con el Nº C-3153, pero nunca respondido.
Exp. NP 29-C-2011. - Petitorio Vecinal, por el cual se pide la protección urbanístico-patrimonial del borde costero de la Loma de Santa Cecilia, entre las calles San Luís y 9 de Julio. Más Nota de MDP a+u, NP 56-A-2011, agregada al Exp., por la cual se apoya y solicita se avance en el establecimiento de un Área más extensiva, incluyendo el interior de la Loma.
Este Expediente cuenta con Informe favorable de la Secretaría de Planeamiento Urbano, que ingresa al HCD el 11-09-2012. Hoy se encuentra a la espera de que llegue a las Comisiones del HCD el Proyecto definitivo que elabore la Secretaría de Planeamiento Urbano.
Como podemos observar, sistemáticamente se vieron frenadas todas las acciones que van a favor de crear condiciones favorables para la preservación patrimonial. No obstante ello, el interior o “corazón” de la Loma Santa Cecilia, se ha mantenido en condiciones armónicas gracias a la existencia de un Distrito Residencial de Baja Densidad, R7 (Residencial 7), y protegido de los incentivos distorsivos gracias a los resguardos antes mencionados. Inclusive inmuebles de mucho valor patrimonial, no Declarados de Interés, se conservan sin dificultad, gracias a esa adecuada relación CPP-COT.
Sin embargo nos encontramos ahora con un Expediente que pretende echar por tierra con todas estas condiciones adecuadas, al querer introducir vía EXCEPCIÓN una obra de más de seis (6) pisos que, además de atentar contra el completamiento armónico del sector, introduciría un antecedente sumamente negativo, ya que alentaría a que otros propietarios de este Distrito ya no tengan “voluntad de preservar” y se desate un proceso especulativo, que someta a nuevos bienes al abandonando y al deterioro para obtener una excepción. Esto que expresamos no es una “suposición”, contamos en la ciudad con gran cantidad de casos que testimonian que así se opera (Chalet San José, Chalet La Marina, Villa Carmen, por citar sólo algunos).
El proceder señalado, nos demuestra claramente que estas excepciones so pretexto de la “puesta en valor” (ya que se hace un uso inapropiado del término) no nos pone en un “Circulo Virtuoso” de preservación de los bienes patrimoniales de la Ciudad, sino todo lo contrario. Ante las constante Excepciones otorgadas por el Municipio (sin un marco regulatorio, y muchas veces con criterios arbitrarios)[1] vemos surgir nuevos pedidos de desafectación, nuevos abandonos de bienes, vemos cercenar parte de esos inmuebles, alterar sus condiciones ambientales, etc. Mientras tanto los expedientes que van por la positiva, los señalados unos párrafos arribas (entre otros que podrían señalarse) siguen en la espera indefinida.
Por último queremos expresar que, si bien entendemos la importancia del patrimonio principalmente por su aporte la Identidad de la Ciudad, no desconocemos el valor que también tiene en términos turístico. Por ello no podemos dejar de advertir que propiciar la alteración del tejido de este sector, arruinaría el potencial que el mismo posee como recurso turístico (Turismo Cultural) que en tanto contribuiría a la pretendida “Mar del Plata, todo el año”.
Por todo lo expuesto queremos manifestar nuestro rechazo a la introducción de excepciones a las normas de tejido urbano en un sector tan sensible en términos Culturales para la ciudad toda y de todos, a la vez que advertimos con nuestro fundamento el daño que se cometería de aprobarse.
Sin otro particular, saludamos a Ustedes muy atentamente.
[1] Se
autorizó la demolición del Chalet “San José” por estar en un contexto
“heterogéneo” y con una construcción espejada que lo flanqueaba, y se aprobó
una excepción con demolición del Chalet “La Franca” porque se conservaba de éste
solamente la Fachada, a la vez que se aprobó una excepción para construir en un
“Conjunto Patrimonial”, un hotel de 10 pisos, autorizando cercenar dos
inmuebles patrimoniales y dejar de éstos sólo las Fachadas.
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CHALET PLUS ULTRA,
NOTAS
sábado, 6 de septiembre de 2014
Visita a la Loma Santa Cecilia
DOMINGO 7 DE SEPTIEMBRE
16 h. en el Puente Peatonal del Paseo Dávila
(9 de Julio y Bvard. Marítimo)
Integrantes de MDP a+u se encontrarán para explorar el CORAZÓN de la Loma Santa Cecilia, te invitamos a que te sumes, y charlemos de su historia, su presente y su potencial.
El CORAZÓN DE LA LOMA es el sector de la ciudad con las condiciones ideales para ser tratada como ÁREA PATRIMONIAL. Posee en su interior a la PERLA del patrimonio con valor histórico-simbólico de la ciudad: La CAPILLA SANTA CECILIA (Monumento Histórico Nacional). Posee una importante cantidad de inmuebles declarados de interés patrimonial que muestran esa diversidad de estilos que permitió el pintoresquismo, pero que conformaron una tejido homogéneo y un paisaje armónico.
A pesar de reclamarse desde 1995 y reiteradamente su tratamiento como ÁREA PATRIMONIAL (Proyectos, Pedidos de Comunicación, Petitorios Vecinales) y de haberse manifestados no hace mucho “voluntad política” para trabajar en ello, en nada se ha avanzado.
Por el contrario, hoy varias acciones, entre ellas el reciente proyecto presentado para el Chalet Plus Ultra, muestran a las claras que VAN POR EL CORAZÓN DE SANTA CECILIA...
------- PS -------
07-09-2014
BUENÍSIMA TARDE RECORRIENDO EL CORAZÓN DE LA LOMA SANTA CECILIA!!!
Gracias a todos los que se acercaron, participaron e hicieron de la recorrida un grato momento.
Gracias a todos los que se acercaron, participaron e hicieron de la recorrida un grato momento.
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ACCIONES REALIZADAS
miércoles, 3 de septiembre de 2014
Descubrir esto fue realmente muy interesante...
¿Recuerdan el Proyecto original presentado en 2010 por el Estudio Mariani-Pérez Maraviglia para la Ex Terminal de Ómnibus, en el marco de una “Iniciativa Privada”?
El proyecto proponía una cubierta que interceptaba la torre del reloj y avanzaba sobre el edificio histórico, cubriendo y remplazando la cubierta original del Hall Central.
En aquella oportunidad, y junto a los cuestionamientos y debates por el destino del predio, se señalaba como aspecto negativo de la propuesta el tratamiento que recibía el edificio histórico. Más precisamente MDP a+u afirmaba que la “estructura ferretera” del Hall Central era uno de los principales atributos del Edificio, por el aspecto tecnológico y porque le daba el carácter de Estación Ferroviaria, y que era un daño al patrimonio plantear su remoción.
"Es una Estación de Ferrocarriles que tenía esta imagen de acceso, pero que todo el resto era de hierro… El tratamiento de estos hierros se volvió a hacer, y estos son los originales... que vienen con el sello del Ferrocarriles del Sur... son hierros curvados que han sido todos traídos desde Inglaterra. Descubrir esto fue realmente muy interesante. Recomponer estos lugares, las recovas y las fachadas, y poder ver otra vez este interior... absolutamente desconocido por los marplatenses, por todos, porque esto estaba absolutamente degradado en el abuso del uso de este sector". (Ver video)
El Proyecto se modificó por uno que no toca al Edificio Histórico (Ver observaciones). Al respecto, en una reciente exposición para el CAPBA, la Arq. Haydeé Pérez Maraviglia, manifestó:
Hoy afortunadamente se valoriza algo que estuvo a punto de perderse. Esto debiera hacer pensar a aquellos que descalifican nuestras observaciones, diciendo que son simplemente un “punto de vista” o “una opinión” de las tantas que se pueden tener en materia de arquitectura… Quizá viendo este caso comprendan mejor cuando decimos que la intervención en el patrimonio tiene una especificidad, un manejo de conceptos y principios distintos a lo que se manejan en la obra “común”, que va más allá de lo simplemente estético y funcional, y que se adquieren a través de una formación especial en la materia; por ello la necesidad de ser cautos a la hora de formular, autorizar y llevar adelante un proyecto de restauración o de anexión de obra nueva. ¿Cuánto se ha dañado o se está a punto de dañar en otros casos por no advertir esto a tiempo?
Cristian Andreoli
MDP a+u
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ARTICULOS,
EX TERMINAL
lunes, 1 de septiembre de 2014
Villa Carmen o Ex Hotel Lafayette
CONOCIENDO AL DETALLE NUESTROS BIENES PATRIMONIALES
Ficha 48ª Edición - Agosto de 2014
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FICHAS JDD,
VILLA CARMEN
domingo, 10 de agosto de 2014
Declaraciones del Secretario de Planeamiento Urbano respecto a "nuestro" punto de vista sobre la situación patrimonial
El pasado 8 de agosto, el Secretario de Planeamiento Urbano, José Luís
Castorina, que a su vez preside la Unidad de Gestión de Preservación
Patrimonial,
declaró en un medio local:
“Nosotros no coincidimos con el punto de
vista de esta asociación [refiriéndose a MDP
a+u]. Es
fácil criticar pero es muy difícil para el Estado municipal tratar de hacer
preservar a un propietario que no quiere preservar. Es muy complicada la
situación porque existen y hay que respetar los derechos
de la propiedad privada que
le asisten al dueño. Y estas cuestiones no son evaluadas por estos organismos.
Sólo se analiza el edificio de
interés patrimonial como si
tuviera un valor intrínseco en sí mismo y no se tiene en cuenta lo que opina el
propietario ni el
resto de la gente que no está en ese tema”...
“Nosotros no hemos
demolido nada, excepto el chalet San José. No se
ha sustituido ningún edificio de interés patrimonial por otro edificio. Salvo
ese chalet, que estaba en Bernardo de Irigoyen y la Costa y que por ordenanza
consiguió la sustitución de categoría, no hemos autorizado ninguna demolición,
ni total ni parcialmente. Que quede claro entonces que esta
administración nunca demolió nada”. (0223.com.ar)
A lo cual respondimos con una imagen que
vale más que mil palabras:
Lo mostrado es sólo parte de muchos casos: Chalet San José / Villa Luján / Estación Norte, Cabina de Señales, Galpón de Locomotoras / Villa Rocca / Chalets del Conjunto 11 de Septiembre / Chalet Minvielle / Ex Hotel Explanada / Chalet La Franca - Roque Suárez / Chalet Lita Mami / Chalet Mar y Mar / Chalet La Marina/ Usina Vieja del Puerto / Villa Carmen / Parador Ariston / Complejo Playa Grande / Chateau Frontenac / Chalet de calles Peña y Sarmiento / Un sin-número de chalets estilo “Mar del Plata” / Y muchos otros inmuebles en situación de riesgo o con proyectos en evaluación o preparación (Chalet Ave María / Villa Valentina / Ex Hotel Hurlingham / Chale “del Quijote” / Villa Titito / Villa Ricardo / chalet Susuky…) / Más un variado mobiliario urbano de valor patrimonial que se está perdiendo.
Pero también en palabras:
Las declaraciones del Secretario de
Planeamiento Urbano son una agresión al entendimiento, al sentido común, y por
tener la máxima responsabilidad en la gestión del patrimonio de la ciudad
cobran mayor gravedad, ya que dejan en evidencia su falta de capacidad para
afrontar tal responsabilidad, o peor aún la falta de voluntad.
Y es que, si la tuviera, no haría falta
recordarle las siguientes cuestiones, que emanan de las leyes, la
jurisprudencia, las convenciones internacionales, de la realidad de nuestro
patrimonio -no de una visión sesgada-, y que reiteradamente hemos volcado en
decenas de notas de variado tenor dirigidas al municipio y puestas a
conocimiento público:
- Que el
patrimonio no es sólo aquello que posee una “Declaratoria de Interés", y
que aún lo no declarado puede ser tenido en cuenta en una planificación
responsable de la ciudad. Hay muchos chalets estilo “mar del plata” que no
están declarados y sin embargo tienen un valor superlativo en cuanto a su
aporte a la identidad de la ciudad.
- Que al
patrimonio se lo destruye no sólo cuando se lo demuele sino también cuando se le quitan los atributos que le dan valor, se
lo distorsiona, se lo mutila, anula por una distorsión del contexto que lo deja
en condiciones humillantes, o se lo deja abandonado hasta su ruina, y en esto mucho ha influido las
políticas en materia urbanística del Municipio, a través del Área de su responsabilidad.
- Que la ciudad es una y de todos, y debiera
gestionarse atendiendo los intereses y derechos individuales pero también los
intereses y derechos colectivos, y en este sentido la protección del patrimonio cultural es un derecho consagrado por
la Constitución Nacional y Provincial.
- Que atendiendo al interés/bien común, la propiedad privada es pasible de
restricciones al dominio, y que a través del Ordenamiento Territorial el Municipio tiene la facultad para
establecer restricciones de carácter general que favorezcan la preservación
del patrimonio.
- Que para lograr la voluntad en conservar
del propietario, el Municipio tiene las
herramientas necesarias para alentar la preservación y desalentar la demolición.
- Que en
última instancia queda la opción de expropiar, sin que esto signifique una
carga desmedida sobre el erario público, ya que mucho dinero se gasta en
alquileres para dependencias municipales, entre otras muchas posibilidades que
podrían considerarse.
- Que desalentando
la especulación inmobiliaria, en y en torno a los bienes patrimoniales, la
preservación de los mismos se daría en forma casi natural, como ocurre con
cualquier casa, de cualquier vecino, de cualquier barrio.
- Que en la mayoría de los casos cuestionados
los denominados “propietarios” a los que alude el Secretario, son Firmas / Sociedades,
que buscan sacar provecho de los incesantes incrementos de indicadores
urbanísticos que viene otorgando el Municipio (sin planificación) o cuando no
lisa y llanamente a través de excepciones.
- Que en se sentido nuestra Asociación nunca sostuvo la necesidad de
preservar sin atender los derechos del privado (muy por el contario), sino que
hemos salido a denunciar como en ciertos casos el Municipio corre detrás de las
demandas de estos, habilitando excepciones con falsos argumentos de “puesta en
valor”, y que significan importantes negocios inmobiliarios.
- Que los derechos de los propietarios
también pueden ser atendidos a través de compensaciones, exenciones, evitando
que le degraden el entorno de su inmueble, etc…
Para concluir, recordamos que el actual
Secretario de Planeamiento Urbano es el Presidente de la UNIDAD DE GESTIÓN DEL PATRIMONIO y que esta figura quedó, a partir
de las modificación hecha al Código de Preservación Patrimonial realizada en
2010, con todas las atribuciones para dictaminar a su exclusivos criterio
(prescindiendo de las Áreas Técnicas especializadas en la materia, y aún de la
Comisión Asesora Honoraria, a pesar de su deficiente y a veces funcional
conformación), con toda la arbitrariedad que esto puede implicar. Esta
modificación la alentó el mismo Secretario cuando era presidente del Colegio de
Arquitectos. Luego de las modificaciones el Código pasó de ser una herramienta
para la preservación a ser una herramienta para la destrucción.
Más
allá de quedar en evidencia la desidia en materia de Gestión para la Preservación
del Patrimonio y la falta de voluntad de trabajar seriamente en el tema por
parte de las autoridades municipales, seguiremos ofreciendo nuestra
colaboración y realizando nuestro aporte sistemático al advertir los riesgos,
plantear sugerencias y soluciones, y trabajar en el cuidado del patrimonio a
través de concienciar a la comunidad sobre su importancia.
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martes, 5 de agosto de 2014
Chalet La Marina - Nota al HCD elevando observaciones respecto al proyecto de anexión de obra nueva
Nota 187-A-2014
Por medio de la presente nos dirigimos a Usted y por su intermedio al resto de los Sres. Concejales, a fin de elevar algunas observaciones respecto al proyecto contenido en el Expediente de Referencia.
------------------------
01-09-2014 La Comisión de Legislación del HCD también le da aprobación.
Mar del Plata, 05 de agosto de 2014
Sra.
Presidente del H.C.D.
del
Partido de Gral. Pueyrredon
VILMA BARAGIOLA
S /
D
s/ otorgamiento de indicadores
urbanísticos especiales
en proyecto de anexión de viv. multif.
a bien patrimonial
-Chalet “La Marina” (Alula Baldassarini, 1925)-
Por medio de la presente nos dirigimos a Usted y por su intermedio al resto de los Sres. Concejales, a fin de elevar algunas observaciones respecto al proyecto contenido en el Expediente de Referencia.
Observaciones de la situación general:
En primer término quisiéramos
recordar la importancia que tiene la obra de Alula Baldassarini para la
identidad urbanística de Mar del Plata -entendiendo a la identidad como algo
que se sustenta en las permanencias y no en los cambios o sustituciones-, no
sólo por la magnitud de su obra, más de cincuenta (50) residencias construidas
entre 1916 y 1946,[1] sino también por haber
contribuido a la gestación de un estilo arquitectónico propio de la ciudad, el
chalet estilo “Mar del Plata”.
A pesar de esta importancia, y
de su reconocimiento oficial a través de la declaratoria de Interés Patrimonial
de gran parte de su obra, y de las declaratorias de Interés Municipal y del HCD
del libro “Alula Baldassarini. El impulsor de la arquitectura pintoresquista”
(2009) que reconoce a partir de una exhaustiva investigación el valor de su
legado, en los últimos años se está asistiendo al deterioro y pérdida continua del
mismo:.... [Chalet “Valdivia de García”, Chalet “Roesli” y aledaños del mismo autor, Chalet “San José”, Chalet “Minvielle”, Chalets “La Franca” y “Roque Suárez”, Chalet “Lita Mami”, Chalet “Mar y Mar”].
Ahora parece tocarle el turno
al chalet “La Marina”, poniendo en evidencia que, acción u omisión, por
desidia o por un errado convencimiento de que es la única vía posible para
lograr conservar “algo”, el Municipio está permitiendo la destrucción
sistemática del patrimonio de la ciudad.
Ante tal situación nuestra
Asociación ha emitido documentos que advierten los riesgos de cada caso, ha elevado
recomendaciones y propuestas tendientes a hallar soluciones, y mostrado
disposición en todo momento a colaborar para encontrar otras nuevas.
Observaciones
del caso en particular:
El chalet “La Marina” fue
construido 1925 por el Ing. Alula Baldassarini para residencia propia. Hasta
ese momento el profesional desarrollaba su labor básicamente como constructor,
siendo una de sus intervenciones la remodelación de la Villa Ortiz Basualdo. Es
a partir de esta intervención que adopta -para una etapa de su producción- el
estilo anglo-normado, caracterizado por los basamentos de piedra, los
pan-de-bois, las cubiertas de tejas planas, con numerosos faldones de
pronunciada pendiente y cortes “a lo normando”.
En esta obra, Baldassarini no
sólo confirma su pericia como constructor, sino que demuestra también sus dotes
como proyectista. “La Marina” pasa a ser como una carta de presentación que le
abrirá las puertas a numerosos e importantes encargos profesionales, siendo el
más destacado el de la residencia de veraneo para el presidente de la República
Marcelo T. de Alvear: “Villa Regina” (1927).
Estas y otras consideraciones hicieron
que el bien que hoy nos ocupa adquiriera, en la declaratoria de Interés
Patrimonial, la Categoría “B” dentro
de los rangos que establece el Código de Preservación Patrimonial (Ord. 10.075
y modificatorias). Esto implica un Grado de Protección 2 o “Estructural”, es decir:
Se “Protege el carácter del edificio, su fachada y volumetría. Respeta,
dentro de la tipología arquitectónica, los elementos básicos, la composición en planta y la forma de
apropiación espacial. La protección incluye además los espacios abiertos,
parques, jardines y forestación. Las acciones se orientan a rescatar los
valores propios del lenguaje arquitectónico permitiendo adaptaciones formales y
funcionales, observando y atendiendo a dicho carácter.” (Anexo II, Ord. 10.075)
Bajo este encuadre la Asociación
analizó la propuesta planteada en el Expediente de referencia, y concluyó que
la misma no aborda satisfactoriamente algunas cuestiones que deben ser tenidas
en cuenta a la hora de intervenir sobre un bien de valor patrimonial de la
Categoría señalada.
El chalet “La Marina” posee
características estilísticas, como el juego de cubiertas de variadas pendientes
y chimeneas, y de apropiación espacial,
donde se advierte una voluntad de implantación exenta a pesar de las
condiciones de la parcela, que deben ser respetadas en un proyecto de anexión
de obra nueva, no sólo en cuanto a la relación de escalas, sino también en la
proximidad o forma de vincularse. Lo nuevo no debe anular o deteriorar la
apreciación de lo antiguo. No sería respetuoso que una obra nueva invada o
vuele por sobre el bien patrimonial.[2]
En cuanto al interior del
chalet este posee espacios claramente reconocibles como propios del período de
la obra y en especial del autor (pisos de mosaicos en damero blanco y negro, y
cielorrasos con envigado de madera hachada), y que por ser ambientes
estructurantes de su composición en
planta deben ser conservados o recuperados integralmente. Estos espacios
corresponden a los salones principales de Planta Baja: Hall de Acceso, Salones
de Estar y Comedor, con sus respectivas chimeneas, y la escalera principal que
conduce a la Planta Alta.
Nuestra Asociación entiende la
necesidad de hallar una solución a la situación crítica del inmueble, en cuanto
al estado de conservación, y que la anexión de obra nueva en altura -en un
contexto ya densificado- es algo admisible si se plantea como posibilidad de
articulación, pero también entiende que esta anexión debe ser hecha en forma
respetuosa, de modo que no haya detrimento en los aspectos de valor y se
conserve el bien en forma digna.
El Municipio debe evitar por
todos los medios tanto que el bien “muera” por abandono o desidia como que
“viva” humillado.[3] Lamentablemente sobran
ejemplos de inmuebles que poseían valor patrimonial y que por intervenciones desacertadas
se han malogrado, siendo hoy ejemplos de lo que no se debe hacer, y exhibidos
en las cátedras de los posgrados que abordan esta temática (Remitimos dos casos
a modo de muestra en hoja anexa).
Por último, y entendiendo que
lo presentado corresponde a una instancia de ANTEPROYECTO, consideramos que
pueden ser corregidos los aspectos que afectarían al bien, pero esto no puede
ser librado a la voluntad del propietario y/o proyectista. Por ello solicitamos
a los Sres. Concejales tengan a bien condicionar el otorgamiento de los
indicadores que solicitan al cumplimiento de premisas que permitan salvaguardar
las características y dignidad del chalet de Interés Patrimonial en cuestión.
Sin otro particular saludamos a
Usted muy
atentamente.
------------------------
[1] De las aproximadamente 50 obras que construyó y en su gran mayoría proyectó el Ingeniero Alula Baldassarini, se conservan 34, de las cuales 24 están declaradas de Interés Patrimonial a nivel municipal, 2 a nivel provincial, y 1 dentro de un conjunto declarado Monumento Histórico Nacional.
[2] Recordamos que un caso similar de avance sobre un bien patrimonial se había presentado en el proyecto inicial para anexar una vivienda multifamiliar en Villa Lobos (Sarmiento y Avellaneda) y que tal situación fue luego corregida (No así la alteración del contexto que hasta ese momento era homogéneo).
[3] Recordamos: Artículo 41 de la Constitución Nacional; Artículo 44 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, y Artículo 27 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Ejemplos de lo que NO ES una "Puesta en Valor" del Patrimonio:
Bahía Blanca - Hospital Español / Bs. As. - Edificio en Carlos Calvo y Tacuarí
Proyecto para la Parroquia Nuestra Señora de las Victorias, Ciudad de Buenos Aires. Impedido por una medida cautelar confirmada por la Cámara de Apelaciones el 7 de mayo de 2014.
------- PS -------
19-08-2014 La Comisión de Obras del HCD recibe al Arq. Eduardo Zak para que haga una presentación de su Proyecto de intervención y anexión de edificio en altura en el chalet "La Marina", y para el cual se solicita indicadores especiales. En la exposición el arq. revela que la orden de desalojo de los intrusos del inmueble estaba dictada hace tiempo, pero no la ejecutaban a la espera de la respuesta del Municipio a la solicitud de excepción (¿dejaron que continuara el vandalismo sobre el bien patrimonial para no pagar -tras el desalojo- un sereno que cuide el sitio, y de paso justificar el otorgamiento de la excepción?).
26-08-2014 La Comisión de Obras del HCD aprueba la solicitud de excepción (indicadores especiales) para realizar el edificio en altura, sin tener en cuenta las observaciones vertidas por MDP a+u, es decir vulnerando la protección "estructural" del bien patrimonial.
01-09-2014 La Comisión de Legislación del HCD también le da aprobación.
11-09-2014 En Sesión del HCD se trata el Exp. y le dan aprobación por mayoría:
A FAVOR: ROSSO Héctor
(AM), RODRÍGUEZ Claudia (AM), GAUNA Fernando (AM), CIANO Ariel (AM), FERRO Alejandro (AM), URDAMPILLETA
Alejandra (AM), GORRACHATEGUI
Alejandro (en reemplazo de WOOLLANDS - AM), BARAGIOLA Vilma (UCR), MAIORANO
Nicolás (UCR), ABAD Maximiliano
(UCR), RODRÍGUEZ Mario (UCR), ABUD Eduardo (UCR), CORIA Cristina (UCR), ARROYO Fernando (AA), SAENZ SARALEGUI Guillermo (AA), CANO José (AA), AZCONA Cristian (FR),
ALCOLEA Hernán
(FR), FIORINI Lucas (FR).
EN CONTRA: GUTIÉRREZ Marcos
(FPV), BERESIARTE Verónica (FPV), MARAUDE Fernando (FPV), RETAMOZA
Pablo (FPV).
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